Recuerdan medidas judiciales en relación con trabajadores de la Fundación San Juan de Dios (11:45 a.m.)
Redacción legis
15 de Abril de 2019
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La Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia recordó que la Corte Constitucional a través de su sentencia de unificación SU-484 del 2008 concretó las medidas judiciales frente a los trabajadores de la Fundación San Juan de Dios. En este fallo, declaró terminadas las relaciones de trabajo de los servidores del citado establecimiento el día 29 de octubre del 2001 y las del Instituto Materno Infantil entre agosto y diciembre del 2006, según la fecha determinada en cada una de las resoluciones de insubsistencia. También indicó que para aquellas personas que obtuvieron, a través de procesos laborales o de tutela, el reconocimiento de aportes y cotizaciones al Sistema Integral de Seguridad Social, así como el pago de salarios, prestaciones sociales, descansos e indemnizaciones, no produciría efectos. Igualmente, enfatizó que el pago de las pensiones causadas, salarios, prestaciones sociales y descansos a los trabajadores de la Fundación causados hasta el 14 de junio del 2005 se haría en un plazo de 1 año a partir de la notificación de la sentencia. Conozca estas y otras medidas en el documento adjunto (M.P. Ana Maria Muñoz Segura, magistrada en descongestión)
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