Reconocimiento de pensión de sobrevivientes sin atender requisito de fidelidad no vulnera sostenibilidad financiera (10:59 a.m.)
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10 de Julio de 2019
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La Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia explicó que el reconocimiento de la pensión de sobrevivientes sin atender el requisito de fidelidad al sistema de ninguna manera vulnera el principio de sostenibilidad financiera, previsto en el artículo 1° del Acto Legislativo 01 de 2005. Lo anterior, toda vez que la Corte Constitucional, a la luz de dicho principio, sostuvo que tal exigencia resultaba injustificadamente regresiva y desproporcionada. No obstante, buscaba proteger la especialidad y viabilidad financiera del sistema de seguridad social, explicó la providencia laboral. Igualmente, agregó que en esa oportunidad el alto tribunal Constitucional precisó que, a pesar de poder tener un fin constitucional legítimo, en tanto busca asegurar la estabilidad financiera del sistema mediante la cultura de afiliación y disminución del fraude, no es conducente para la realización de dichos fines, lo que lleva indudablemente a prescindir o inaplicar mencionado requisito de fidelidad al sistema (M. P. Martín Emilio Beltrán Quintero, magistrado en descongestión).
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