Reconocimiento de honorarios a miembros de juntas administradoras locales pasa a penúltimo debate (4:31 p.m.)
16 de Agosto de 2016
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Nota:
124149
La Comisión Primera de la Cámara de Representantes se encargará del estudio y aprobación, en penúltimo debate, del proyecto de ley por medio del cual se reconoce la actividad constitucional y legal que desarrollan los miembros de las juntas administradoras locales, autorizando a los alcaldes el pago de honorarios y regulándoles su funcionamiento. Los honorarios se establecerán a iniciativa del alcalde y mediante acuerdo de los concejos municipales, hasta por dos unidades de valor tributario (UVT), por asistencia a las sesiones plenarias y a comisiones. Así pues, y de acuerdo a lo establecido dentro de la iniciativa, las juntas administradoras locales tendrán hasta 80 sesiones ordinarias y 20 extraordinarias en el año. En aquellos municipios cuya población sea superior a 100.000 habitantes, los alcaldes garantizarán la seguridad social en salud y riesgos laborales de los ediles, con un ingreso base de cotización de un salario mínimo legal mensual vigente y sin que esto implique vinculación laboral con la entidad territorial.
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