Reajuste especial de la pensión de excongresistas causada antes de la Ley 4ª de 1992 no puede equipararse con la adquirida con posterioridad (10:26 a.m.)
06 de Diciembre de 2016
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Nota:
53203
No es posible equiparar el monto del reajuste especial de la pensión de los excongresistas causada con anterioridad a la vigencia de la Ley 4ª de 1992 con el monto de la prestación pensional de quienes adquirieron su derecho pensional a partir de la vigencia de la misma. Así lo precisó la Sección Segunda del Consejo de Estado luego de recordar que la jurisprudencia de la corporación ha sostenido que no existe vulneración alguna del derecho a la igualdad, en tanto que la norma regulaba dos situaciones distintas. En efecto, señaló que, por una parte, establecía el reconocimiento y pago del reajuste especial a quien había sido congresista antes de la vigencia de la Ley 4ª de 1992, en monto del 50 % del promedio de las pensiones a que tenían derecho los congresistas para ese momento; y, por la otra, la definición del monto pensional en cuantía del 75 % para quien se desempeñaba como congresista luego de la vigencia de dicha ley, sin haber consolidado su derecho pensional (C. P. César Palomino).
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