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Quienes cumplan requisitos para beneficiarse de la transición pueden acceder a pensión por aportes en este evento (12:42 p.m.)

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06 de Junio de 2018

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La Sala No. 2 de Descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que quienes cumplan los requisitos para ser beneficiarios de la transición pueden acceder, igualmente, al régimen de la pensión por aportes si han cotizado en entidades de previsión social o prestado servicios oficiales y en el Instituto de los Seguros Sociales, sin que para tal fin tenga trascendencia la época del pago o prestación de los mismos. Lo anterior en razón a que la Ley 71 de 1988 dispuso que tal acto se podría hacer “en cualquier tiempo”, con lo cual no marcó un límite temporal, ni siquiera una proporción o porcentaje entre los servicios oficiales y los particulares que deberá acreditar quien persiga esta prestación (M. P. Carlos Arturo Guarín – magistrado de descongestión).

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