¿Qué normas son aplicables al momento de reconocer la pensión de sobrevivientes? (8:45 a.m.)
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18 de Abril de 2018
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Con fundamento en el precedente de la Sección Segunda del Consejo de Estado contenido en sentencia del 25 de abril del 2013, la corporación reiteró que el derecho a la pensión de sobrevivientes se causa únicamente al momento en que ocurre el fallecimiento del pensionado; en tal virtud les son aplicables las normas vigentes para la época de ocurrencia de los hechos. Así las cosas, precisa, resolver un caso con fundamento en una disposición expedida con posterioridad vulnera la regla de irretroactividad de la ley. Esto por cuanto la ley sustancial, por lo general, tiene la virtud de entrar a regir las situaciones que se produzcan a partir de su vigencia, pues aún no se encuentran consolidadas y, solo por excepción, rigen de manera retroactiva. Sin embargo, para que ello ocurra, el contenido de la ley debe precisar lo pertinente, lo cual no sucede con la Ley 100 de 1993 en virtud de que su artículo 151 establece su vigencia a partir del 1° de abril de 1994, lo cual excluye la aplicación del fenómeno de retroactividad (C. P. César Palomino Cortés).
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