Publican fallo que eliminó multas por no presentar recurso de casación laboral dentro del plazo legal (11:14 a.m.)
25 de Mayo de 2017
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Nota:
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Ocho meses después de conocerse la decisión de inexequibilidad de la expresión “y se impondrá al apoderado judicial una multa de 5 a 10 salarios mínimos”, contenida en el artículo 49 de la Ley 1395 del 2010, la Corte Constitucional dio a conocer el texto del pronunciamiento. La corporación precisó que aunque, en principio, podría argumentarse que la medida legislativa se justifica porque pretende evitar que la casación sea utilizada para eludir, dilatar o diferir el cumplimiento de los fallos judiciales en perjuicio de los trabajadores, de los pensionados y de los demás sujetos de especial protección que intervienen en los litigios laborales, el precepto demandado no puede ser comprendido a la luz de este objetivo. Precisamente, explicó que su continuidad no solo genera una incertidumbre jurídica sobre su naturaleza, contenido y alcance, sino que, además, provoca una restricción desproporcionada en los derechos a la igualdad, al acceso a la justicia y al debido proceso, sin que esta limitación pueda ampararse en la contribución a la descongestión judicial (M. P. Luis Guillermo Guerrero).
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