Protocolos de bioseguridad para el fútbol y otros sectores
18 de Junio de 2020
El Ministerio de Salud emitió el protocolo de bioseguridad dirigido a las actividades relacionadas con el entrenamiento y competencia de los futbolistas profesionales, dispuesto en la Resolución 993 del 2020. Aplicará a quienes se encuentren vinculados a los clubes agrupados por la Dimayor y reconocidos por la Federación Colombiana de Fútbol, sus entrenadores y el personal logístico mínimo necesario para la práctica deportiva. Con la Resolución 991, adoptó el protocolo para el manejo y control del riesgo de coronavirus en las actividades relacionadas con el entrenamiento de los deportistas de alto rendimiento, profesionales y recreativos. Con la Resolución 958 se fijan las medidas para el manejo y control del riesgo de covid-19 en los procesos electorales realizados por la Registraduría Nacional del Estado Civil. Con la Resolución 957 se adopta el protocolo en las diferentes actividades de industrias culturales, radio, televisión y medios de comunicación detalladas en la clasificación internacional CIIU 59, 62 y 90. Por otra parte, con la Resolución 905 del 2020 fijó el protocolo de bioseguridad en las siguientes actividades del sector comercio CIIU 4665, CIIU 4690, CIIU 474, CIIU 4751, CIIU 4753, CIIU 4754, CIIU 4755; CIIU 4759, CIIU 4762, CIIU 4769, CIIU 4773, CIIU 4774, CIIU 4775, CIIU 478, CIIU 479. Con la Resolución 904 del 2020, definió las medidas para el manejo y control del riesgo del covid en el sector portuario exclusivamente para transporte de carga.
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