Proponen modificaciones en verificación de las planillas de autoliquidación de aportes
Redacción legis
10 de Marzo de 2021
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El Ministerio del Trabajo propone modificar la forma actual en que se realiza la verificación de las planillas de autoliquidación de aportes y las acciones que frente a ello deben adelantar las administradoras de pensiones, con el fin de asegurar que cada vez que haya corrección de una planilla y/o pago de la cotización faltante la única historia laboral que se afecte sea la del afiliado por quien se pagó en la planilla de corrección, así como establecer un límite de tiempo para la reclamación de los dineros pagados en exceso, de tal forma que no afecten el capital acumulado de los afiliados. Cuando se presenten diferencias las mismas deberán ser comunicadas a los depositantes dentro de los 15 días hábiles siguientes a su determinación, a efectos de que procedan a aclararlas en un plazo no superior a 15 días hábiles contados a partir de la respectiva comunicación. Igualmente, se presentan dos situaciones para que el recaudo de los aportes sea más eficiente: (i) cuando el total de los aportes sea inferior al valor a cancelar, para que el aportante pueda corregir la planilla debe proceder a liquidar y cancelar el valor total adeudado. Lo anterior lo podrá hacer en cualquier tiempo y (ii) cuando el total de los aportes sea superior al valor a pagar el aportante contará con 12 meses a partir del pago para reclamar el exceso pagado. De esta forma se unifica con el término establecido en el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Los interesados podrán enviar sus comentarios hasta el próximo 24 de marzo al correo rcarrillo@mintrabajo.gov.co.
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