Principio prohibitorio de la reforma en perjuicio es una causal autónoma de casación (11:48 a.m.)
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08 de Enero de 2019
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Una sala de descongestión de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que el principio prohibitorio de la reforma en perjuicio, en los términos del artículo 87 Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, es una causal autónoma de casación (la causal segunda) y consiste en “contener la sentencia decisiones que hagan más gravosa la situación de la parte que apeló de la primera instancia, o de aquélla en cuyo favor se surtió la consulta”. En estos casos, precisó, se invita al tribunal de casación a efectuar la confrontación entre las partes resolutivas de las sentencias de primera y segunda instancia, para determinar si el juez de apelaciones empeoró la situación del apelante único o de la parte en cuyo favor se tramitó la consulta, trasgrediendo así el ordenamiento jurídico (M. P. Carlos Arturo Guarín, magistrado de descongestión).
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