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Principio de favorabilidad en materia laboral no aplica ante duda en la aplicación de normas especiales (9:35 a.m.)

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18 de Diciembre de 2019

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La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que el principio de favorabilidad es un beneficio para los trabajadores, quienes ante cambios normativos en el ámbito prestacional deben conservar un mínimo de derechos derivados de la seguridad social, los cuales deben prevalecer y mantenerse, con el fin de materializar el principio de progrevisidad laboral e igualdad. En el mismo sentido, en virtud del principio de favorabilidad en sentido estricto, cuando el operador jurídico tenga dudas sobre la aplicación de dos normas jurídicas deberá optar por aquella que beneficie más al trabajador. Sin embargo, la Sección Segunda precisó que dicho mandato constitucional no tiene aplicación cuando se debate la aplicación de dos normas especiales, pues los destinatarios de las mismas tienen naturaleza jurídica diferente, lo cual impide que se realice un juicio de igualdad y, por lo tanto, no es posible conocer las condiciones de desproporción o trato diferencial ante situaciones fácticas similares (C. P. William Hernández).

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