Precisan cómo se determina favorabilidad de regímenes del nivel ejecutivo de la Policía (10:04 a.m.)
17 de Mayo de 2018
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Nota:
60649
El régimen salarial y prestacional de los miembros del nivel ejecutivo de la Policía Nacional, analizado en su integridad, resulta más favorable que el anterior que cobijaba a los suboficiales y agentes de la institución, precisa la Sección Segunda del Consejo de Estado. Esto por cuanto la asignación salarial les resultó benéfica y, por consiguiente, no se puede entender que hubo vulneración de los derechos adquiridos o detrimento salarial. Así, a manera de ejemplo, estos trabajadores dejaron de percibir la recompensa quinquenal y el auxilio de transporte y el monto del subsidio familiar fue reducido, pero ello no significa regresividad ni desfavorabilidad, dado que la comparación entre uno y otro régimen no se puede hacer en forma aislada ni fraccionada respecto de cada uno de los factores prestacionales, bonificaciones o auxilios. Por lo tanto, es necesario verificar la existencia de una desmejora en la generalidad de componentes que integran su remuneración, dentro de la cual está incluida la asignación básica mensual, que fue el principal elemento diferencial y el motivo por el cual dicho personal se acogió a la homologación (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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