Precisan alcance de la licencia provisional automática para profesionales en servicio social obligatorio
09 de Marzo de 2021
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Nota:
118571
Quienes estén prestando su servicio social obligatorio provisional cuentan con licencia para el ejercicio profesional, por lo que actos como la expedición de incapacidades, licencias de maternidad, de certificados de nacido vivo, de defunción, la prescripción de servicios y tecnologías en salud incluidos o no en el plan de beneficios y en general aquellos que tengan que ver con el desarrollo de su función como profesionales de la salud gozan de plena validez. En consecuencia, situaciones de no reconocimiento de los actos suscritos por los profesionales del área de la salud con licencia provisional deberán ser puestas en conocimiento de la Superintendencia Nacional de Salud, para que adelante las investigaciones e imponga las sanciones a que haya lugar. Para el uso de la plataforma Mipres, quienes se encuentren en servicio social obligatorio deben inscribirse y estar previamente registrados en el aplicativo www.miseguridadsocial.gov.co y tener una plaza asignada y activa. Estos profesionales podrán ser autorizados por la plataforma para prescribir tecnologías y medicamentos por fuera del plan de beneficios, únicamente en las instituciones prestadoras de servicios de salud donde estén prestando ese servicio.
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