Pensionados por invalidez pueden vincularse bajo cualquier tipo de contrato laboral (1:19 p.m.)
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19 de Julio de 2019
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Cualquier persona en situación de discapacidad o pensionada por invalidez puede ser contratada laboralmente bajo cualquier tipo de contrato a término fijo, indefinido o por obra y labor, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22, 26 y 33 de la Ley 361 de 1997 y 13 de la Ley 1618 del 2013. Así las cosas, precisó el Ministerio del Trabajo, constitucional y legamente una persona en situación de discapacidad puede percibir la pensión a la que tiene derecho y, a su vez, el salario producto de su incorporación a la vida laboral. La única restricción es que no puede tener doble asignación del tesoro público. Los empleadores que contratan a un trabajador en situación de discapacidad tienen derecho a obtener beneficios en materia de contratación pública y privada, créditos y tributaria, entre otros.
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