Para efectos de inhabilidades para ser elegido alcalde, director territorial de Mintrabajo ejerce autoridad administrativa (11:09 a.m.)
21 de Octubre de 2019
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Nota:
113279
Un director territorial del Ministerio del Trabajo ejerce autoridad administrativa. Por lo tanto, precisó el Departamento Administrativo de la Función Pública, el aspirante a alcalde municipal esposo del mencionado funcionario incurre en la inhabilidad prevista en el numeral 4 del artículo 95 de la Ley 136 de 1994, modificado por el artículo 37 de la Ley 617 del 2000. De acuerdo con esta norma, no podrá ser inscrito como candidato, ni elegido o designado como alcalde quien tenga vínculos por matrimonio o unión permanente o de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil con funcionarios que dentro de los 12 meses anteriores a la elección hayan ejercido autoridad civil, política, administrativa o militar en el respectivo municipio.
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