13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


Organizaciones religiosas deben afiliar a la seguridad social a sus ministros: Sala Laboral (9:01 a.m)

18 de Julio de 2017

Reproducir
Nota:
55959
Aunque las comunidades y congregaciones religiosas no están reguladas por el Derecho Laboral respecto a la tarea vocacional de sus integrantes o ministros de culto, sí están obligadas a asumir la protección de su seguridad social. Así lo concluye un fallo reciente de la Corte Suprema de Justicia luego de precisar que el derecho a la seguridad social reivindica la condición de ciudadanía. Para la Sala Laboral es claro que, más allá del derecho a la libertad de cultos y la posibilidad de autorregularse, “las organizaciones religiosas deben afiliar a la seguridad social a sus integrantes, por tratarse de una garantía fundamental irrenunciable” (M.P. Fernando Castillo Cadena).

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)