Novedades en el reporte de información relacionada con el VIH (2:20 p.m.)
11 de Febrero de 2019
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Nota:
122274
En aras de mejorar el proceso de seguimiento a la gestión de riesgo por parte de los diferentes agentes del Sistema General de Seguridad Social en Salud y para ofrecer a las entidades territoriales de salud apoyo con la información que les ayude al cumplimiento de sus acciones de asistencia técnica y aquellas de inspección y control, el Ministerio de Salud actualizó las variables para el reporte de información respecto a la infección por el virus de la inmunodeficiencia humana (VIH) y el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), conforme a las guías de práctica clínica y atención integral a las personas que viven con VIH. Las entidades reportantes deberán una vez al año, a más tardar el 15 de abril de la respectiva vigencia, remitir la información de que trata el anexo técnico 1, con corte del 1º de febrero del año inmediatamente anterior al reporte, al 31 de enero del año del reporte, a través del aplicativo web de la Cuenta de Alto Costo. En el anexo se especifican los datos que deberán reportarse en un archivo en texto plano, delimitado por tabulaciones, donde cada fila o registro representa un paciente que, durante el periodo de observación, se encontraba afiliado o bajo la responsabilidad de la entidad correspondiente. Para conocer más detalles puede consultar el archivo adjunto a esta nota.
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