No es posible pactar remuneraciones económicas a título de auxilio con quienes ejercen voluntariado (11:40 a.m.)
17 de Julio de 2019
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Nota:
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Las empresas públicas o privadas que permiten voluntariado deben tener presente que las personas que desarrollan estas actividades no son trabajadores y, por lo tanto, no es posible pactar remuneraciones económicas a título de auxilio, precisó el Ministerio del Trabajo. La Ley 720 del 2001, por la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los colombianos, define al voluntario como toda persona natural que, libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo y trabajo para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas.
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