Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


No es necesario distinguir lazos jurídicos matrimoniales o convivencia para ser beneficiario de pensión de sobrevivientes

121016

11 de Marzo de 2021

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Al resolver un recurso de casación, la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia explicó que para ser beneficiario de la pensión de sobrevivientes, según la Ley 797 del 2003, se debe analizar el cumplimiento de los requisitos exigidos en dicha norma. Lo anterior sin distinguir si la relación tuvo su fuente en lazos jurídicos matrimoniales o en la decisión libre y responsable de las personas de iniciar una convivencia con vocación de permanencia, estabilidad y duración. Esta precisión se ajusta a los mandatos constitucionales que propenden por el respeto y el propósito de conformar una unidad familia en condiciones de igualdad. Sumado a ello, indicó que esa perspectiva tiene notoria incidencia en las cuestiones relativas a la seguridad social, entre ellas lo relacionado a la determinación de los beneficiarios de las prestaciones sociales que, como la pensión de sobrevivientes que causaban los trabajadores de regímenes antiguamente exceptuados como el de Ecopetrol, esperan la protección de las contingencias derivadas de la muerte sin distinciones originadas en la clase de unión familiar (M. P. Iván Mauricio Lenis Gómez).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)