No es admisible oponer circunstancias particulares de trabajadores para evitar despido colectivo (2:23 p.m.)
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10 de Mayo de 2018
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La Sala de Descongestión Laboral de la Corte Suprema de Justicia, al resolver un recurso de casación, aseguró que no es admisible oponer circunstancias particulares del personal de trabajadores de la empresa para evitar el despido colectivo. Según la providencia, ello es así porque precisamente esta figura persigue que el empleador pueda mejorar la productividad de la empresa como unidad de explotación económica, teniendo en cuenta diversos fenómenos de la economía, y no amparar situaciones concretas de cada trabajador. De modo que una vez estudiadas las situaciones aducidas por el empleador en cada caso y emitida la respectiva autorización por el ministerio o autoridad administrativa encargada no le es dable al juzgador desconocerla o limitar sus efectos (M. P. Dolly Amparo Caguasango Villota, magistrada de descongestión)
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