Modifican marco legal de los fondos de empleados
La ley actualiza normas sobre fondos de empleados para fomentar su autonomía y sostenibilidad financiera.Openx [71](300x120)

01 de Agosto de 2025
La nueva ley modifica el marco normativo de los fondos de empleados con el fin de fortalecer su naturaleza como empresas de la economía solidaria. Entre los principales cambios se destaca la redefinición de su carácter jurídico como entidades privadas sin ánimo de lucro constituidas por trabajadores, cuyo objetivo es satisfacer necesidades personales y familiares de sus asociados. Se establecen principios como la voluntariedad en la afiliación, la igualdad en derechos y la destinación de excedentes a servicios sociales.
Otro aspecto relevante es la formalización de la personería jurídica de los fondos, la cual se obtendrá mediante registro en la cámara de comercio, permitiendo acreditar su existencia legal. También se regulan los requisitos para reducir los aportes sociales mínimos no reducibles, los cuales podrán modificarse solo si se demuestra viabilidad financiera y con aprobación de la Superintendencia de la Economía Solidaria. Además, se reconoce el derecho de reingreso para los pensionados que se hayan desvinculado por retiro laboral. (Lea: Mintrabajo descarta salarios en criptomonedas como forma legal de remuneración)
La ley establece nuevas reglas para el manejo del patrimonio y la distribución de excedentes. Se fijan porcentajes mínimos para destinar recursos a reservas sociales y fondos de desarrollo y se permite crear mecanismos para mantener el poder adquisitivo de los aportes. Asimismo, se autoriza la amortización parcial de aportes sociales bajo condiciones equitativas. La norma refuerza la función de la asamblea como máximo órgano de decisión, ampliando sus competencias y formas de reunión, incluyendo modalidades virtuales o mixtas.
Además, se ordena que las mesadas pensionales sean consignadas en cuentas individuales en entidades vigiladas, según elección del pensionado, garantizando mayor seguridad financiera. También se definen límites de retención sobre salarios y pensiones y se faculta a los fondos para fusionarse o incorporarse. La norma excluye a las cooperativas de empleados que deseen mantener su régimen actual.
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