Modifican disposiciones del Servicio Público de Empleo
04 de Enero de 2021
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Nota:
119484
A través del Decreto 1823, el Ministerio del Trabajo modificó parcialmente el Título 6, Sección 2, del decreto único reglamentario del sector Trabajo (DUR 1072 del 2015). En tal virtud, el objetivo del sistema de información del Servicio Público de Empleo es consolidar, estructurar y gestionar la información relativa al mercado de trabajo. La información de todas las vacantes registradas en el servicio se consolidará a través de la bolsa única de empleo, componente integral del sistema, con el fin de permitir el acceso público y transparente. Cabe precisar que los prestadores del servicio son personas jurídicas de derecho público o privado autorizados por la autoridad competente para prestar servicios de gestión y colocación de empleo de manera presencial, virtual o mixta, como la agencia pública de empleo a cargo del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena), las agencias públicas y privadas de gestión y colocación de empleo, incluidas las constituidas por las cajas de compensación familiar y las bolsas de empleo. El decreto modifica disposiciones sobre la autorización de los prestadores, los requisitos para prestar estos servicios y la operación de las bolsas de empleo, entre otras.
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