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Lineamientos para asignar recursos recaudados por multas que impongan las autoridades administrativas del trabajo (2:40 p.m.)

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21 de Febrero de 2020

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Los actos administrativos que impongan multas por la violación a las normas laborales y condiciones de trabajo, así como a la protección de los trabajadores en el ejercicio de su profesión y del derecho de libre asociación sindical, expedidos por el Ministerio del Trabajo, que hayan quedado ejecutoriadas y en firme antes del 1° de enero del 2020, serán a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena). Los actos que conforman el título ejecutivo deberán ser entregados por cada dirección territorial a la dirección regional del Sena respectiva, a más tardar, el 31 de marzo del 2020, observando las circulares conjuntas 0025 del 2016 y 003 del 2018, emitidas por el ministerio y el Sena. Las multas que queden en firme a partir del 1° de enero serán cobradas y recaudadas por la cartera laboral y los recursos se destinarán al Fondo para el fortalecimiento de la inspección, vigilancia y control de las normas del trabajo y de la seguridad social – Fivicot, creado por la Ley 1955 del 2019.

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