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Legalmente, no existen derechos o acreencias por cumplir 10 años al servicio del empleador (2:36 p.m.)

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16 de Diciembre de 2010

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No existen normas legales que consagren derechos o acreencias luego de que el trabajador cumpla 10 años continuos al servicio del empleador. Los que eventualmente pueden surgir son aquellos previstos de forma convencional, bien sea en el contrato de trabajo, reglamento interno de trabajo, convención colectiva o pacto colectivo, en caso de que existan en la empresa, precisó el Ministerio de la Protección Social. Concretamente en el tema de indemnizaciones por despido, indicó la entidad, si el trabajador se vinculó con anterioridad a la Ley 50 de 1990 y tenía 10 años o más al servicio del empleador para el 27 de diciembre del 2002, tiene derecho a que se le aplique la anterior tabla.

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