Las siete causales para que sea posible revisar una convención colectiva de trabajo (12:52 p.m.)
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16 de Diciembre de 2019
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La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia dejó claro que la revisión de una convención colectiva solo es viable cuando: i) hechos imprevisibles alteren las circunstancias que existían al momento de su celebración; ii) sea una coyuntura ajena a la voluntad de las partes, o que no hayan podido prever; iii) exista una excesiva onerosidad comprobada para uno de los intervinientes fuera del cálculo al momento de negociar; iv) exista la imposibilidad de cumplir con las prestaciones convenidas; v) se carezca de otro remedio para la resolución del problema; vi) exista una relación causal entre tales aspectos y, finalmente, que vii) la revisión sea efectuada por quienes tienen la titularidad para el efecto (M. P. Gerardo Botero).
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