USUARIOS: Estas son las consecuencias si su administradora de pensiones no es diligente en las gestiones de cobro (3:20 p.m.)
12 de Marzo de 2018
Reproducir
Nota:
60165
Respecto a la mora del empleador en el pago de cotizaciones al sistema pensional, la Corte Suprema de Justicia señaló que las administradoras de pensiones deben agotar diligente y oportunamente las gestiones de cobro ante los empleadores, de suerte que, de omitir tal obligación, deben responder por el pago de la prestación a que haya lugar, según la normativa aplicable. De conformidad con lo expuesto, para efectos de contabilizar las semanas cotizadas por el aportante a fin de verificar si se cumplen los presupuestos legales tendientes a obtener el derecho pensional, deben tenerse en cuenta las consignadas oportunamente, así como las que se encuentran en mora o, como en el caso concreto objeto de estudio por parte de la Sala Laboral, las que se pagaron de manera extemporánea, dada la falta de gestión de cobro por parte de la administradora a la que aquel se encuentre afiliado (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
Opina, Comenta