Laboral
Trabajador renuente al reintegro puede ser despedido por falta injustificada al trabajo
29 de Septiembre de 2011
Si el trabajador no atiende el llamado de reintegro que le hace el empleador, puede incurrir en la prohibición de faltar injustificadamente al lugar de trabajo y, por lo tanto, ser despedido.
Así lo precisó el Ministerio de la Protección Social, al resolver una consulta sobre el procedimiento que se debe seguir cuando se acuerda el reintegro con el trabajador y este se niega posteriormente a la reincorporación.
El Ministerio explicó que el acuerdo de reintegro hace exigible el cumplimiento de las obligaciones que se tenían antes de que se desvinculara al trabajador. Así las cosas, si este incumple las labores que le son exigibles, puede dar lugar a la terminación unilateral del contrato de trabajo.
En todo caso, cuando se trata de un trabajador que merece especial protección o que tiene estabilidad laboral reforzada, la situación deberá ponerse en conocimiento del inspector del trabajo, para que autorice la terminación unilateral del contrato.
(Minprotección, Cpto. 203572, jul. 12/11)
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