Todo lo que debe saber del régimen de ahorro individual con solidaridad (11:23 a.m.)
116327
05 de Marzo de 2020
Escucha esta noticia audio generado con IA
Un reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia recuerda que el régimen de ahorro individual con solidaridad consagró la devolución de saldos como derecho económico de los afiliados o beneficiarios, cuando no se acreditan las condiciones legalmente previstas para la causación de la prestación por vejez invalidez o muerte, concretamente, las semanas mínimas de aportes exigidas. Motivo por el cual se les entrega la totalidad del saldo abonado en la cuenta individual de ahorro pensional, incluidos los rendimientos financieros más el valor del bono pensional si lo hubiese, en caso de muerte, a quienes ostenten la calidad de beneficiarios del afiliado fallecido y, en caso de no existir ningún beneficiario legal, la ley dispone su entrega a los herederos del causante (M. P. Jimena Isabel Godoy, magistrada de descongestión).
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!