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Tiempo de servicio es importante para el reconocimiento de la pensión gracia (3:11 p.m.)

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08 de Enero de 2019

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La línea jurisprudencial actual sobre el reconocimiento de la pensión gracia es clara y pacífica alrededor de la importancia del tiempo de servicio como su referente, sin importar si es continuo o discontinuo, aseguró la Sección Segunda del Consejo de Estado. Igualmente, afirmó que no importa el modo de vinculación y tampoco es necesario que al 31 de diciembre de 1980 el docente deba encontrarse en servicio activo, toda vez que esta fecha es el límite máximo para que el educador se vincule, siendo viable que haya sido con antelación a la mencionada. Por otra parte, la providencia explicó que se debe acreditar, a través de los contratos, el objeto del mismo, es decir, que efectivamente se haya vinculado para prestar el servicio docente y, por ello, no se hace necesario que exista un proceso previo en donde se haya declarado la figura de la realidad sobre las formas (C. P. Sandra Lisset Ibarra Vélez).

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