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¿Solo los docentes pueden solicitar el reconocimiento de la pensión gracia? (9:38 a.m.)

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18 de Abril de 2018

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La pensión gracia, establecida por virtud de la Ley 114 de 1913, fue concebida como una prerrogativa gratuita que reconocía la Nación a un grupo de docentes del sector público, esto es, a los maestros de educación primaria de carácter regional o local, precisa la Sección Segunda del Consejo de Estado. En ese sentido, cuando se expidieron las leyes 116 de 1928 y 37 de 1933 se extendió a los empleados y profesores de las escuelas normales, a los inspectores de instrucción pública y a los maestros de enseñanza secundaria de ese mismo orden, por constituirse en un privilegio gratuito a cargo de la Nación quien realiza el pago, sin que el docente hubiese trabajado para ella. Por lo anterior, para acceder a esta prerrogativa, es necesario acreditar 20 años de servicio en la docencia oficial del orden territorial y/o nacionalizado, incluso antes del 31 de diciembre de 1980. Consulte en la providencia adjunta el desarrollo de los demás requisitos (C. P. César Palomino Cortés).                      

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