Solicitud de reconocimiento y pago de sanción moratoria de cesantías es necesaria para reclamación administrativa (2:32 p.m.)
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16 de Febrero de 2018
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La Sección Segunda del Consejo de Estado indicó que se debe adelantar la actuación administrativa con el propósito de que antes de solicitar por vía judicial el reconocimiento y pago de la sanción moratoria de las cesantías esta haya sido solicitada directamente ante la Administración. Frente a ello precisó que para el reconocimiento de esta sanción no basta que esté prevista en la ley, sino que se requiere el título de reconocimiento de lo adeudado. Además, afirmó que es necesario provocar el pronunciamiento de la Administración a fin de que sirva de título ejecutivo o bien de acto demandable ante la jurisdicción contenciosa administrativa, y si existe discusión respecto de la liquidación y la sanción la vía adecuada es la acción de nulidad y restablecimiento del derecho. El fallo también advirtió que como el perjuicio está contenido en una decisión de la Administración es necesario anularla previo agotamiento de la vía gubernativa (C. P. Rafael Francisco Suárez Vargas).
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