Sección Segunda hace varias precisiones sobre nivel ejecutivo de la Policía Nacional (9:54 a.m.)
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26 de Diciembre de 2017
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De acuerdo con un extenso recuento normativo y jurisprudencial, la Sección Segunda del Consejo de Estado concluyó que el nivel ejecutivo de la Policía Nacional fue creado con el propósito de (i) mejorar las condiciones salariales de los agentes y suboficiales de menor grado dentro de la institución; (ii) otorgarles un régimen salarial especial; (iii) permitirles la posibilidad de tener ascensos dentro de la organización jerárquica y (iv) profesionalizar la labor de los servidores que pertenecen a tales niveles. Así mismo, concluye la providencia, el legislador buscó respetar y proteger los derechos y garantías reconocidos a este tipo de personal que de manera voluntaria optó por ingresar al nuevo sistema de carrera, pues consagró expresamente que los funcionarios homologados “no podían padecer una desmejora en su situación salarial y prestacional”. Ello en consideración a los principios de irrenunciabilidad de los beneficios laborales, buena fe, confianza legítima y progresividad de los derechos sociales, así como a la prohibición de regresividad en este mismo aspecto (C.P. Carmelo Perdomo).
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