Sala Laboral precisa el fuero circunstancial en materia sindical (11:04 a.m.)
26 de Septiembre de 2019
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Nota:
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Según una sentencia reciente de la Corte Suprema, el fuero circunstancial es la garantía de que gozan los trabajadores sindicalizados y no sindicalizados a no ser despedidos sin justa causa, entre la fecha de presentación del pliego de peticiones y la terminación de la negociación colectiva. Esta protección es esencial para la libertad sindical, en tanto evita que los afiliados a un sindicato sean despedidos selectivamente con ocasión de un conflicto colectivo y, por esa vía, se diluya el movimiento sindical. Por otro lado, permite a los trabajadores plantear reivindicaciones laborales sin temor a ser despedidos. En tal sentido, concluye la Sala Laboral, el fuero circunstancial sienta las bases para que los interlocutores sociales entablen diálogos constructivos frente a las condiciones laborales y de empleo en la empresa, sin temor a represalias (M. P. Clara Cecilia Dueñas).
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