Sala Laboral de descongestión recuerda cómo se demuestra un error de hecho (3:10 p.m.)
18 de Diciembre de 2018
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Nota:
109614
Al resolver un recurso de casación, la Sala Laboral de Descongestión de la Corte Suprema de Justicia precisó que para demostrar un error de hecho no basta referirse al contenido de las pruebas y exponer lo que a juicio del recurrente se concluye de las mismas. Por el contrario, la providencia explicó que debe confrontarse el juicio probatorio vertido en la sentencia recurrida contra la lectura que de manera particular se desprende de las pruebas habilitantes y sobre las cuales se soporta la decisión. Sumado a ello explicó, de conformidad con el artículo 7º de la Ley 16 de 1969, que el error que es capaz de derruir la presunción de legalidad y acierto de una sentencia es el que aparece protuberante y notorio, es decir, que salte a la vista y no merezca mayores discernimientos para advertirlo (M. P. Giovanni Francisco Rodríguez Jiménez, magistrado de descongestión).
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