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Reiteran que el Congreso es el competente para establecer el régimen prestacional de los fondos educativos regionales (12:30 p.m.)

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05 de Junio de 2012

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El Consejo de Estado reiteró que antes y después de la Constitución de 1991 la competencia para establecer el régimen prestacional de los fondos educativos regionales es exclusiva del Congreso de la República. Por tal razón, la Sección Segunda declaró la nulidad de la Resolución 057 de 1977, proferida por el presidente de la Junta Administradora del Fondo Educativo Regional del Amazonas (FER) Comisaría Especial del Amazonas (hoy departamento del Amazonas), que creó una bonificación para los profesores, por considerar que el comisario especial del Amazonas no tenía competencia para crear prestaciones sociales de los servidores públicos a su cargo. En el fallo, la Sala explicó que aunque el acto administrativo perdió su fuerza ejecutoria, por cuanto la vigencia para la que fue expedido ya expiró, pues dispuso un beneficio durante el periodo comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1977, es procedente la nulidad del mismo, pues los actos administrativos son obligatorios mientras no hayan sido anulados o suspendidos (C. P. Alfonso Vargas Rincón).

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