Regularían cálculo actuarial para empleadores por omisión en la afiliación o vinculación de trabajadores al sistema de pensiones
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28 de Junio de 2021
El Ministerio de Hacienda propone establecer una metodología para el cálculo de la reserva que deberán pagar los empleadores que incurran en omisión en la vinculación o afiliación de sus trabajadores y los independientes que incurran en la misma imprevisión ante el Sistema General de Pensiones, conforme con lo dispuesto en el parágrafo 4° del artículo 121 de la Ley 2010 del 2019 y actualizar la formulación para tal efecto que se encuentra contenida en el Decreto 1887 de 1997. Así, fijaría la metodología actuarial que tendría que ser aplicada por las administradoras y reconocedoras de pensiones y la Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (UGPP) para el cálculo de la reserva actuarial que deberán pagar los empleadores o quienes que incurran en dicha omisión. Quienes no reporten la novedad de vínculo laboral o no coticen por más de seis meses al sistema deberán pagar, con base en el cálculo actuarial, la suma que corresponda a satisfacción de la entidad administradora o reconocedora de pensiones. La entidad recibirá comentarios hasta el 10 de julio del 2021, a través de su sitio web.
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