Recuerdan régimen salarial y prestacional de los diputados (9:28 a.m.)?
23 de Enero de 2020
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Nota:
114086
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que, mediante la Ley 617 del 2000, el legislador estableció un régimen salarial conforme al cual los diputados perciben una suma global por concepto de salario. Luego, en principio, estos servidores no podrían alegar que percibe factores salariales, como la bonificación por servicios prestados. Ahora bien, respecto al régimen prestacional, la corporación indicó que perciben prestaciones sociales en los términos de la Ley 6ª de 1945 y la Ley 100 de 1993, pues expresamente así se dispuso en el parágrafo 20 del artículo 29 de la Ley 617 (C. P. Gabriel Valbuena).
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