Recuerdan que la revisión de las pensiones puede demandarse en cualquier tiempo (9:00 a.m.)
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15 de Agosto de 2019
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Al revisar el recurso de casación sobre la sentencia que declaró probada la excepción de inexistencia de la obligación, en la controversia iniciada con el objeto de lograr la reiliquidación pensional de una pensión de jubilación convencional, la Sala de Descongestión Tres de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó la actual postura frente a la imprescriptibilidad de la revisión de las pensiones. En efecto, resaltó que la acción encaminada con ese propósito cuando se busca la inclusión de factores salariales no está sujeta a las reglas de prescripción. Igualmente, reiteró que las diferencias en las mesadas originadas como consecuencia de una reliquidación judicial sí continúan sujetas a las reglas generales de ese instituto (M. P. Donald José Dix – sala de descongestión).
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