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Actualizado hace 15 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Recuerdan los tres sistemas de liquidación de cesantías para los servidores públicos (10:39 a.m.)

29 de Julio de 2016

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Nota:
124431
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que para los servidores públicos del orden territorial existen, al menos, tres sistemas de liquidación y manejo de las cesantías: el sistema retroactivo, el de liquidación definitiva anual y el sistema del Fondo Nacional del Ahorro (FNA). Respecto al primero precisó que se caracteriza por el hecho de que las cesantías se liquidan con base en el último sueldo devengado sin lugar a intereses. Además, se rige por la Ley 6ª de 1945 y las disposiciones que la modifiquen y reglamenten, y solo es aplicable a los servidores vinculados antes del 30 de diciembre de 1996. Por su parte, el de liquidación definitiva anual y manejo e inversión, a través de los llamados fondos de cesantías creados por la Ley 50 de 1990, incluye el pago de intereses al trabajador por parte del empleador y cobija a las personas vinculadas a estos a partir del 31 de diciembre de 1996, en los términos del Decreto 1582 de 1998, inclusive a aquellos funcionarios vinculados con anterioridad a la entrada en vigencia de la Ley 344 de 1996. Y, finalmente, el sistema del FNA, que cobija a los servidores públicos que a él se afilien, contempla la liquidación anual de cesantías y no la sanción por mora en la consignación del valor de las cesantías, sino el cobro de intereses moratorios a favor del fondo, así como la protección contra la pérdida del valor adquisitivo de la moneda (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

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