Recuerdan a los jueces el deber de inaplicar el requisito de fidelidad para reconocer pensión de sobrevivientes (2:22 p.m.)
24 de Agosto de 2018
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Nota:
110457
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia recordó que el requisito de fidelidad al Sistema General de Pensiones ha sido inaplicado por la corporación con base en el denominado principio de progresividad y no regresividad. En efecto, reiteró que no es dable exigir esa condición para obtener la pensión de sobrevivientes, aun cuando el derecho se hubiera causado con antelación a la Sentencia C-556 del 2009, que lo declaró inexequible. De hecho, resaltó que el aludido principio posee la naturaleza de norma jurídica, en el sentido de marcar una directriz al momento de aplicar las reglas de derecho (M. P. Jorge Luis Quiroz).
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