Recuerdan elementos esenciales del contrato realidad (9:54 a.m.)
19 de Septiembre de 2018
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Nota:
110089
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó los elementos esenciales que desfiguran el contrato de prestación de servicios y lo convierten en uno laboral. En efecto, son: la subordinación o dependencia, situación en la que se exige del servidor público el cumplimiento de órdenes en cualquier momento, en cuanto al modo, tiempo o cantidad de trabajo, y se le imponen reglamentos; la permanencia, relativa a que la labor sea inherente a la entidad y la equidad o similitud, que es el parámetro de comparación con los demás empleados de planta, requisitos necesarios establecidos por la jurisprudencia; finalmente, por el hecho de que se declare la existencia de la relación laboral y puedan reconocerse derechos económicos laborales a quien fue vinculado bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios no se le puede otorgar la calidad de empleado público, dado que para ello es indispensable que se den los presupuestos de nombramiento o elección y su correspondiente posesión. En otras palabras, se debe acreditar no solo la actividad personal y la subordinación, sino el salario como retribución del servicio (C. P. Rafael Francisco Suárez).
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