13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


¿Quién debe reconocer la pensión de los servidores públicos? (9:11 a.m.)

16 de Mayo de 2018

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Nota:
60669
Después de la entrada en vigor de la Ley 100 de 1993, los entes universitarios de carácter oficial perdieron competencia para el reconocimiento de pensiones de sus servidores, recuerda la Sección Segunda del Consejo de Estado. En ese sentido, en virtud de la afiliación obligatoria de los servidores públicos al Sistema General de Pensiones, y de conformidad con lo consagrado en el artículo 14 del Decreto 692 de 1994, es la administradora de pensiones que haya recibido o le corresponda recibir las cotizaciones del periodo en el cual ocurra el siniestro o hecho que dé lugar al pago correspondiente quien debe efectuar el reconocimiento. Consulte en el documento adjunto los requisitos para acceder a la pensión de vejez (C. P. Sandra Lisset Ibarra).

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