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Laboral


¿Quién asume exámenes de alcoholemia y sustancias sicoactivas de pacientes ingresados por autoridades judiciales?

Según el Ministerio de Salud, al no estar incluidos en el plan obligatorio de salud deben ser sufragados por las entidades solicitantes.
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23 de Mayo de 2016

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Sala Edición 5 - Imagen Principal

 

Frente a una consulta relacionada con el costo de los exámenes de alcoholemia, sustancias sicoactivas y otros practicados a quienes ingresan a una institución prestadora de servicios de salud (IPS), por conducto del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec), Policía Nacional, Fiscalía y Tránsito, el Ministerio de Salud señaló que ni la Resolución 5521 del 2013 ni ninguna otra disposición ha previsto expresamente que el mismo deba ser asumido con recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS).

 

No obstante, recordó que la Subdirección de Operación de Aseguramiento de Salud, mediante Memorando 201531200250993, precisó que dichos exámenes no están incluidos en el plan obligatorio de salud, por lo que corresponde a las entidades que los solicitan asumir los costos que los servicios demanden. 

 

Justamente, dicha comunicación sostiene que “(…) El Sistema General de Seguridad Social en Salud, las EPS y demás actores deben cumplir con las normativas generales de operación del sistema y dentro de éstos, con lo señalado en la Resolución 5521 de 2013, respecto de los servicios y procedimientos que se encuentran incluidos en el POS.

 

Por lo anterior, debe analizarse si los procedimientos que son objeto de consulta se encuentran dentro de los contenidos establecidos en la Resolución 5521 de 2013 (POS).

 

Inicialmente, esta Dirección considera que dichos exámenes no se encuentran incluidos en el plan obligatorio de salud, por lo cual corresponde a las entidades que los solicitan asumir los costos (…)”.

 

En ese contexto, recordó que el artículo 154 de la Ley 1450 del 2011, prorrogado en su vigencia por el inciso 3° del artículo 267 de la Ley 1753 del 2015, indica que las prestaciones no financiadas por el sistema están compuestas por actividades, intervenciones, procedimientos, servicios, tratamientos, medicamentos y otras tecnologías médicas que no podrán ser reconocidas con cargo a los recursos del SGSSS, de acuerdo con el listado que elabore la Comisión de Regulación en Salud.

 

Minsalud, Concepto 201611200612241, May. 20/16

 

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