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Que no se motive la renuncia por falta de pago de salarios y prestaciones al momento de terminación del contrato no prueba la mala o buena fe del empleador (3:43 p.m.)

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16 de Abril de 2012

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La Corte Suprema de Justicia aclaró que no motivar la renuncia por la falta de pago de salarios y prestaciones a la terminación del contrato de trabajo no prueba la mala o buena fe del empleador. Ello es así porque una cosa son las causales de terminación del contrato de trabajo por parte del trabajador y otra, la falta de pago de salarios y prestaciones adeudados, que es lo que genera la indemnización moratoria. Con estos argumentos, la Sala Laboral descartó el argumento del empleador, recurrente en casación, que afirmaba que no incurrió en mala fe en la falta de pago de unas comisiones porque la trabajadora no mencionó la deuda en la carta de renuncia motivada (M.P. Luis Gabriel Miranda Buelvas).

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