14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 6 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Propuesta para facilitar acceso a pensión aunque no se cumplan requisitos fue aprobada en segundo debate (3:45 p.m.)

01 de Noviembre de 2016

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Nota:
125657
La plenaria del Senado de la República aprobó la iniciativa, que pasa a estudio de la Cámara de Representantes en penúltimo debate. La propuesta busca aumentar la cobertura en el Sistema General de Pensiones y proteger a aquellas personas que no cumplan con la totalidad de requisitos para tener el derecho a la pensión. Así, tanto los afiliados del régimen de prima media con prestación definida como los del régimen de ahorro individual con solidaridad que, a los 62 años de edad si son hombres y 57 si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mínima y hubiesen cotizado por lo menos 1.150 semanas tendrían derecho a que el Gobierno, en desarrollo del principio de solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión, sin que pueda exigirse ningún requisito adicional. Por su parte, los afiliados que hayan cotizado al menos 800 semanas podrían acceder a la pensión mínima de vejez siempre y cuando autoricen previamente a la administradora de pensiones o entidad que realice el pago de la prestación económica a efectuar de la mesada pensional mínima reconocida el descuento correspondiente al valor de las cotizaciones que le faltaren para completar las 1.150 semanas de cotización requeridas. Serán priorizadas en el beneficio las personas cuyo ingreso base de cotización sea hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y la madre o padre cabeza de familia cuya condición sea previamente comprobada. Por último, los afiliados a los fondos de pensiones obligatorias administrados por el régimen de ahorro individual que migren del país para establecerse de manera permanente en el exterior podrían solicitar que los saldos de sus cuentas de ahorro individual sean transferidos a un fondo de pensiones que administre el régimen de ahorro o de capitalización individual del exterior. En el mismo sentido, los colombianos o extranjeros afiliados a un fondo de pensiones en Colombia podrían transferir a sus cuentas de ahorro individual los aportes realizados a fondos de pensiones en el exterior con la finalidad de acumular capital para efectos de alcanzar el saldo necesario para financiar una pensión dentro del régimen de pensiones señalado. La iniciativa, de avanzar, está a dos debates de ser enviada a sanción presidencial.

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