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Procuraduría tiene las mismas garantías procesales de las partes, al intervenir en litigios laborales (8:50 a.m.)

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20 de Enero de 2012

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La salvaguarda de los intereses de las partes no puede usarse como pretexto para quebrantar los derechos al debido proceso y a la administración de justicia de la Procuraduría, cuando interviene en los litigios laborales para defender el orden jurídico, el patrimonio público y los derechos fundamentales, como se lo ordena la Constitución. La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia advirtió que los procuradores judiciales tienen las mismas garantías procesales de las partes. Por eso, los jueces deben brindarles la oportunidad de formular alegatos, de interponer acciones o incidentes, de proponer excepciones, de solicitar pruebas y de realizar las demás tareas que resulten necesarias para cumplir sus objetivos en esa materia (M.P. José Leonidas Bustos).

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