Prestaciones periódicas pierden ese carácter cuando existe desvinculación del servicio (11:18 a.m.)
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12 de Febrero de 2018
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La Sección Segunda del Consejo de Estado reiteró que al producirse la desvinculación del servicio se hace un reconocimiento de prestaciones definitivas y, en tal medida, las prestaciones o reconocimientos salariales que periódicamente se reconocían y pagaban, bien sea mensual, trimestral, semestral, anual o quinquenalmente, dejan de tener el carácter de periódicos, pues ya se ha expedido un acto de reconocimiento definitivo al momento de finiquitar la relación laboral (C. P. Gabriel Valbuena).
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