Precisiones sobre la mora en el pago de cesantías y su prescripción (11:11 a.m.)
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25 de Enero de 2019
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La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó que la mora en el pago de las cesantías comienza desde el vencimiento de los 45 días hábiles que tiene como plazo la entidad para pagar, bien sea las parciales o definitivas. De otra parte, los dos años de prescripción de los derechos sociales se cuentan desde que la respectiva obligación se hace exigible y se interrumpe el término con el simple reclamo escrito del trabajador recibido por el empleador por un término igual (C. P. Carmelo Perdomo Cuéter).
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