Precisan oportunidad procesal del Ministerio Público para excepcionar la prescripción en procesos laborales (8:32 a.m.)
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08 de Octubre de 2018
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Si bien el Ministerio Público sí está facultado para formular la excepción de prescripción, esa potestad de ilustrar sobre la ocurrencia de acontecimientos en el devenir procesal que deslegitiman las aspiraciones de la demanda no se traduce en que dicho ente de control pueda “formular excepciones” en cualquier momento, puesto que la oportunidad para ello, a la luz del artículo 282 del Código General del Proceso, se concreta en la contestación de la demanda. Así, indicó que la intervención del Ministerio Público está sujeta a las reglas que sobre el proceso laboral haya trazado el legislador, es decir, que su actuación debe entenderse y acomodarse a los parámetros y principios que gobiernan el proceso laboral, como acontece, precisamente, con la oportunidad para proponer excepciones (M. P. Luis Gabriel Miranda).
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