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Actualizado hace 8 horas | ISSN: 2805-6396

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Precisan excepción de inconstitucionalidad sobre requisito de fidelidad al sistema pensional

09 de Marzo de 2018

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En relación con el requisito de fidelidad al sistema pensional, la jurisprudencia reiterada de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia ha señalado que dicha exigencia incorporada en las reformas de la Ley 797 del 2013 y la Ley 860 del 2003 imponen una evidente condición regresiva en relación con lo establecido originalmente en la Ley 100 de 1993, que crea el Sistema de Seguridad Social Integral.

 

Por esta razón, el fallo precisó que los juzgadores tienen el deber de inaplicarla al resultar abiertamente incompatible con los contenidos materiales de la Constitución, especialmente con el principio de progresividad y no regresividad. (Lea: Requisito de fidelidad, inadmisible sin importar la fecha de estructuración de la enfermedad)

 

Se debe recordar que la primera normativa reforma algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la Ley 100  y adopta disposiciones sobre los regímenes pensionales exceptuados y especiales, y la segunda modifica algunas disposiciones del sistema general de pensiones previsto en la misma.

 

Así las cosas, explica la Sala que esta decisión no implica darle retroactividad a la Sentencia C-556 del 2009. (Lea: Inaplicar el requisito de fidelidad del sistema pensional no implica retroactividad de la sentencia que declaró su inexequibilidad)

 

Por el contrario, constituye una expresión del deber de los jueces de inaplicar, en ejercicio de la excepción de inconstitucionalidad (artículo 4º de la Constitución Política), las normas legales que sean incompatibles con el marco axiológico constitucional (M. P. Clara Cecilia Dueñas).

 

Corte Suprema de Justicia Sala Laboral, Sentencia SL-0722018 (62577), Ene. 31/18

 

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